Page 15 - LAS MARCAS DE DISTRIBUCIÓNEN LOS SECTORES DEL MANIPULADO HORTOFRUTÍCOLA, BEBIDAS REFRESCANTES Y CERVEZAS, INDUSTRIAS CÁRNICAS Y VITIVINÍCOLA
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Metodología





                        derechos digitales, mecanización y automatización, formación, cualificación y grupos
                        profesionales, medidas de adecuación de los cambios tecnológicos y prevención de
                        riesgos laborales, Teletrabajo y plataformas digitales y contratación e implantación de
                        nuevas tecnologías.


                        La incorporación de tecnología innovadora en la industria o tecnificación, no
                        convierte a las explotaciones en organizaciones digitalmente transformadas si no va
                        acompañado de un cambio en el modelo. La tecnología por sí sola no genera valor, es
                        el factor humano el que lo genera a través de los trabajadores y trabajadoras. Por eso la
                        digitalización no se puede reducir al hecho de  incorporar tecnología sino que va más
                        allá y busca transformar todo el proceso industrial con esa tecnología.

                        Para ello se ha incorporado en el estudio llevado a cabo, una parte sobre digitalización,
                        encaminada a medir el nivel de digitalización en los convenios de los cuatro sectores
                        que son objeto del estudio (Fabricación de productos de panadería y pastas alimenticias,
                        Procesado y conservación de pescados, crustáceos y moluscos, Fabricación de productos
                        lácteos, Procesado y conservación de carne y elaboración de productos cárnicos).



                        En este análisis se recogen los siguientes campos de estudio sobre digitalización:

                        Protección / económica del trabajador, de forma que se busca la
                        existencia de cláusulas encaminadas a la protección del trabajador frente a
                        la implementación de las nuevas tecnologías y los cambios tecnológicos, a
                        través de cláusulas por ejemplo que prevean la promoción profesional del
                        trabajador ante la mecanización o automatización de determinados procesos,
                        o encaminadas a una mayor conciliación de la vida personal y familiar a través
                        de reducciones de jornada que pueden traer causa de unas mayores cotas de
                        productividad alcanzadas a través de los nuevos sistemas tecnológicos de la
                        digitalización.


                        Los Derechos digitales, en este punto se contemplan los derechos de la nueva
                        Ley Orgánica de Protección de Datos y garantía de los derechos digitales
                        (LOPDGDD) que reconoce expresamente a los trabajadores/as una serie de
                        derechos digitales inherentes a la persona, como por ejemplo el derecho a la
                        desconexión.


                        La Mecanización y automatización, eeste aspecto recoge la implementación
                        de sistemas de mecanización o automatización, en cuanto a tecnificación,
                        por tanto se refiere únicamente a la introducción de tecnología en la industria y no un
                        proceso integral de digitalización.


                        Formación, cualificación y grupos profesionales, se refiere tanto a la formación de los
                        trabajadores como a la cualificación y adaptación a las nuevas condiciones del puesto
                        de trabajo por la implantación de nuevas tecnologías. Observándose si el tiempo
                        destinado a la formación se considera tiempo de trabajo efectivo y de si se realiza
                        dentro o fuera de la jornada laboral.


                        Medidas de adecuación de los cambios tecnológicos  y Prevención de riesgos
                        laborales, este aspecto trae causa de la trasformación y la necesidad de adecuación y
                        adaptación que la digitalización supone de forma transversal en las relaciones laborales
                        y en especial en la prevención de riesgos laborales.




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